SECRETO INDUSTRIAL

LA FORMA MÁS ANTIGUA DE PROTEGER UNA INNOVACIÓN, CON FÓRMULAS CONTRACTUALES

Las informaciones de carácter secreto y con valor patrimonial que reportan una ventaja concurrencial frente a los competidores pueden constituir un valioso activo protegible por medio del Secreto Industrial, en tanto en cuanto se mantenga y asegure su confidencialidad. Para ello es conveniente comprometer a los posibles receptores (trabajadores, colaboradores, proveedores, socios estratégicos) de estas informaciones secretas mediante compromisos de confidencialidad y otras fórmulas que aseguren la información comunicada a un destinatario cualquiera.

Así pueden ser protegidos los procedimientos de fabricación, técnicas de montaje, fórmulas químicas, composición de un producto y cualquier otro tipo de informaciones técnicas y/o comerciales adquiridas a través de la experiencia de su negocio, también conocido como “Know How”. El Know How puede ser objeto de negocios jurídicos como la licencia o transferencia al igual que cualquier otro activo intangible de su empresa, y si bien no concede un derecho de exclusiva, su protección se obtiene a través de la obligada confidencialidad, así como a través de la ley de competencia desleal y el código penal que sancionan la violación de secretos industriales o el aprovechamiento indebido de informaciones comunicadas bajo un deber expreso o implícito de confidencialidad.

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