Condena al portal DELFI por una noticia anónima difamatoria
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos confirmó las sentencias judiciales de Estonia mediante las cuales Delfi , un portal de noticias muy popular en Estonia, fue responsable de los comentarios difamatorios hacia un directivo de una empresa publicados por sus usuarios a través de su página web y condenada al pago del equivalente a 320 euros en concepto de daños y perjuicios. Sin lugar a dudas esta Sentencia dará de que hablar en los medios de comunicación ya que restringe la libertad de hacer comentarios anónimos en Internet.
En este caso, el Tribunal Supremo de Estonia confirmó la sentencia de segunda instancia que responsabilizaba a Delfi de los comentarios publicados al considerar que no resultaban de aplicación las exenciones de la Directiva sobre el Comercio Electrónico alegadas. Asimismo consideró a Delfi como autora de los comentarios al ser proveedor de contenidos y no un mero prestador intermediario de servicios de la sociedad de la información, siendo de gran importancia la falta de neutralidad existente, al tener Delfi pleno conocimiento y control sobre la información transmitida, así como la obtención de beneficios comerciales de dichos comentarios y el no haber actuado con la precaución suficiente a la vista de la polémica noticia.
Delfi presentó recurso ante el TEDH alegando la restricción de su libertad de expresión ya que se le imponía la obligación de realizar una censura preventiva a los comentarios de terceros. El TEDH analizó la justificación y proporcionalidad de dicha restricción, considerando finalmente que estaba justificada debido a que la misma estaba prevista en la ley de Estonia, obedece a uno de los motivos legítimos del Convenio y se trataba de una medida necesaria en una sociedad democrática ya que las medidas se control tomadas por Delfi (eliminación automática de los comentarios en caso de que sean denunciados y filtro por palabras) no resultaban suficientes. Por lo tanto, la imposibilidad de conocer la identidad de los autores anónimos de los comentarios conlleva que Delfi deba asumir dicha responsabilidad por permitir comentarios de los usuarios no registrados.
En conclusión esta decisión de la TEDH intenta encontrar un equilibrio entre la responsabilidad de los intermediarios , la libertad de expresión y los derechos de la personalidad .