Scroll Top

“Sistema de notificaciones judiciales: El hundimiento del…”

El relato está basado en hechos reales que bien podrían decir así: – Carta del demandante al Ilustrísimo Sr. Magistrado Juez del Juzgado: “Ilma. S.ª, es mi deseo poner de nuevo en su conocimiento cuanto vengo expresando en mi anterior carta y puesto que no he recibido por V. E. respuesta alguna. Resulta que tras examinar de nuevo el expediente a que V. E. le fue turnado sobre un asunto de ultraje a mi honor, sigo comprobando que no prosigue su curso preferente y sumario a que debía atenerse, muy a pesar de que esta parte no ha perdonado medio o sacrifico en impulsarlo atendida especialmente la gravedad de los hechos denunciados hace ahora año y medio. Dios guarde a V. muchos años. (firmado y rubricado). Sr. Demandante”. – Contestación del Sr. Juez: “Tengo el honor de poner en su conocimiento la inquietud que me produce ver que la demanda a que Usted hace referencia sigue sobre mi mesa de trabajo en el Juzgado que regento, pues, pasadas ya las lluvias de invierno, el demandado sigue en paradero desconocido y al parecer no ha podido firmar todavía la cédula de citación y emplazamiento para darse por notificado, por lo cual el Juzgado ha convenido en poner en la entrada de sus dependencias una especie de buzón que ya recoge las quejas de quienes, como aquél, no quieran darse por notificados de las demandas de que conoce el Juzgado o quieran poner a su disposición algún domicilio al que el Juzgado pueda dirigir sus notificaciones. Tenga a bien saber que el demandado ya está dejando caer a chorro tieso sus sugerencias, declarando direcciones que aunque a día de hoy me resultan poco conocidas, yo no desistiré en el intento de cursar allí las notificaciones, aunque tenga que hacerlo personalmente a nado, allende de los mares, y ello me haga coger unos dolores reumáticos de espanto que no me dejen mantenerme ya derecho durante el resto de mis días. En fin, señor demandante, espero que su amabilidad ponga coto a esto si no quiere que al demandado le ocurra alguna clase de indefensión por no haber podido firmar la cédula de citación y emplazamiento: Éste, su muy seguro servidor. Dios guarde a V. muchos años. (firmado y rubricado). Señor Juez de Primera Instancia” – Réplica del demandante: “Tengo el honor de acusar recibo de su atento oficio de ayer donde tiene a bien poner en duda el domicilio del demandado que yo mismo le facilité en su día. Recibo con gran extrañeza su oficio y me apresuro a contestarle: Es cosa rara que las Señorías de su Autoridad no se hayan dado cuenta de que nada referente a una indefensión puede ocurrir si el demandado no firma la cédula de emplazamiento. Es más, pongo en duda que el demandado se encuentre en paradero desconocido y que los domicilios que está facilitando al Juzgado sean veraces o no respondan a una actitud deliberadamente obstruccionista, puesto que según me informa el Sr. Secretario del Juzgado, no hará ni un año que se puso al teléfono el demandado y le dio las señas exactas donde podía el Juzgado cursar la notificación de mi demanda. Cuando los mandados por este Juzgado se acercaron allí para notificarle la demanda, recibí con extrañeza el resultado negativo del intento de citación ya que el demandado en persona decía que no vivía allí, sino en la ciudad de Londres, vaya V. a saber. No creo una vez dadas esas explicaciones, que no tengo porqué, sea necesario pasar a decirle que lo que dice en su oficio no son más que excusas y pretextos. En cuanto a lo de los papeles y las sugerencias que naturalmente le desbordan o el reuma que se le avecina, puede V. muy bien notificar personalmente la demanda en cada uno de los domicilios al que el demandado le remitirá una y otra vez, dando si quiere la vuelta al mundo. También puede guardar la demanda en el cajón de su mesa o enmarcarla en su casa, pero por favor empiece a prevenir su reuma yendo a su oficina con una manta, pues le aseguro que tendrá V. que empezar a pensar en ello. No obstante lo que antecede enviaré uno de estos días a alguien que mire lo que hay de eso. Y ojo, si los domicilios que el demandado dice cada vez que alguno de sus subordinados le intentan notificar la demanda, es alguna clase de engaño puede V. estar muy seguro de que conocerá muchos idiomas, pero que nunca pondrá sentencia. Dios guarde a V. muchos años. (firmado y rubricado). El Demandante” Aunque de la ficción a la realidad hay muy poco, episodios como éste ponen en entredicho la benevolencia que algunos Juzgados tienen con algunos demandados. Intentaremos que después de un año y medio de vaivenes en distintos domicilios de Barcelona, Madrid y Londres, se llegue a la cuadratura del círculo y el Juzgado declare por fin rebelde al demandado. El honor de una persona está en juego… y también el sistema de notificaciones judiciales.

Dejar un comentario

Debes iniciar sesión para publicar un comentario.