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¿Quién es el autor en el arte conceptual?

Hay una premisa que todo aquel que ha tenido un acercamiento, aunque sea tímido, al mundo de la propiedad intelectual, conoce: las ideas no se protegen. Es un concepto que de primeras puede parecer sencillo, sin embargo, lo que puede parecer tan sencillo, al final, no lo es tanto.

Prueba de ello es la reciente sentencia emitida por los tribunales parisinos en el caso de Druet.

Para contextualizar, Druet, escultor francés, fue contratado por Cattelan –renombrado artista conceptual italiano– para elaborar 9 esculturas de arte que forman parte esencial de las creaciones de Cattelan y de las que ahora reclamaba su autoría.

Por medio de la demanda, el francés reclamaba que se le reconociera su condición de autor –que no co-autor– de dichas obras y pedía además, la friolera cantidad de 5 millones de euros por la infracción de sus derechos de autor.

Pues bien, el tribunal de París ha sido claro: Druet no puede adjudicarse la autoría de las esculturas y bajo ningún concepto ostenta derecho alguno sobre las mismas, de ningún tipo.

Si este fallo amenazaba con hacer tambalear los cimientos sobre los que reposa el universo de los derechos de propiedad intelectual, parece que este ha pasado desapercibido.

En un intento por conceptualizar y acotar el arte conceptual, el tribunal desvirtúa aquello que creíamos como una verdad absoluta. Y es que, según la opinión de los magistrados, parece que en este caso sí que prima la idea o el concepto, por encima de la expresión formal de la propia obra.

Cattelan, que ha reconocido en diversas ocasiones que no sabe ni pintar ni esculpir es, sin embargo, el autor indiscutible de las mismas –a pesar de que haya sido un tercero quien las haya creado–. Algo tan paradójico pone en jaque todo el sistema de derechos cuando, a quien con sus propias manos, ha creado una escultura sin prácticamente ninguna directriz, no se le reconoce siquiera el derecho de paternidad sobre la misma.

Ya sabemos que no todo el arte está protegido por derecho de autor, ni que todo lo que protege el derecho de autor es arte. Pero con esta decisión parece que el derecho de autor también va a proteger a no-autores. 

Todo indica que el país que vio nacer a Degas, Gauguin, Rodin y un largo etc, se ha dejado seducir por esta nueva concepción del arte y ha cogido de la mano el derecho que lo protege. Ahora será el turno de ver – en el caso de que Druet decida recurrir– si la decisión se mantiene, y como ha pasado con el arte, el derecho de autor evoluciona hacia una dirección insospechada o si todo queda en una simple performance judicial.